El 22 de mayo del año 2015, el Congreso Nacional aprobó los artículos siete y 12 de la Ley Especial para la Seguridad y la Prevención de la Violencia e Intolerancia en los Estadios de Fútbol e Instalaciones Deportivas.
Lo anterior con el fin de propiciar las condiciones de seguridad y prevenir actos de violencia y tolerancia en los colosos y brindar seguridad a los ciudadanos, antes, durante y después de cada partido.
Dicha ley sería aplicable a personas naturales y jurídicas, organizadores de eventos deportivos y administradores de cada instalación. Dicha ley contiene un total de 42 artículos y es aplicable a quienes desempeñen actos de violencia; tanto verbal como física.
¿Qué incluye la ley?
Dentro de las disposiciones está la prohibición de menores en la venta de bebidas alcohólicas, así como la venta y consumo a este grupo poblacional. Restringir el ingreso a la cancha a personas que no tienen que ver con la organización de los juegos.
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Asimismo impedir el ingreso de personas en estado de ebriedad, portadores de armas de cualquier tipo, objetos inflamables u objetos de cualquier tipo que expongan la integridad de cada persona.
La ley además aconsejaba el proponer un consumo moderado de bebidas alcohólicas en la pauta publicitaria de promoción del evento, dentro y fuera de los estadios; en ese sentido, cada bebida sería vendida en vasos de cartón o de plástico, más no de vidrio o lata.
Otras disposiciones
Sumado a todo lo anterior, también se instruyó la aplicación de un sistema separador de barras que incluía la entrada y salida diferente de cada una de ellas. Además la norma mencionaba la capacitación constante, con talleres y campañas educativas, a los integrantes de las barras.
Se instruyó también la instalación de circuitos cerrados de televisión dentro de los estadios y en las afueras de la infraestructura, y grabación del acceso y salida de los portones.
Castigos
El incumplimiento de esta ley provocaría que los culpables se sometieran a multas de hasta tres salarios mínimos mensuales, prohibición de acceso a todos los estadios del país, en tiempo de uno a cinco años.
También incluye la paga de 40 a 80 horas de trabajo comunitario relacionado con el evento deportivo.
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