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Boavista deberá pagar medio millón de dólares al Olimpia por orden de la FIFA

El equipo portugués tendrá que demostrar ante los estatutos de la FIFA que hicieron el pago correspondiente a los Leones.

  • Luis Suazo
  • Por Luis Suazo

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Boavista deberá pagar medio millón de dólares al Olimpia por orden de la FIFA
Si Las Panteras no pagan ese dinero se exponen a un doble castigo de carácter nacional e internacional.- Foto: DeportesTVC

El Boavista FC, de Portugal, ha recibido la notificación de que deberá pagarle 500,000 dólares (unos 12,000,000 millones de lempiras) al Club Olimpia Deportivo de Honduras, por incumplimiento de compromiso con el equipo merengue.

Mediante una nota oficial, la FIFA comunicó al club portugués que le deberá hacer efectivo el pago al equipo de la capital de Honduras a una cuenta de banco que los blancos indiquen, al no cumplir al acuerdo establecido en relación al delantero hondureño Jorge Benguche.

De momento, el Boavista debe pagar ese dinero en un periodo de 45 días, desde la fecha de la notificación y en caso de no cumplir con ese orden se exponen a no poder inscribir jugadores nacionales e internacionales por al menos tres periodos.

Esto dice la carta enviada por la FIFA:

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Decisión del Jugado Único del Comité de Estatus de Jugadores

1. La Reclamación del Demandante, Club Olimpia Deportivo, la siguiente cantidad.

2. El Demandado, Boavista FC, debe pagar al Demandante la siguiente cantidad: USD 500.000 como tasa de préstamo pendiente más 5% de interés anual, a partir del 5 de septiembre de 2020 hasta la fecha de pago efectivo.

3. Se rechazan otras reclamaciones del Demandante (Olimpia).

4. Se impone una reprimenda al Demandado.

5. Se ordena al Demandante que informe inmediata y directamente al Demandado de la cuenta bancaria correspondiente a la cual el Demandado debe pagar el monto adeudado.

6. El Demandado deberá proporcionar evidencia del pago del monto adeudado de acuerdo con esta decisión a psdfifa@fifa.org debidamente traducido, si corresponde, a uno de los idiomas oficiales de la FIFA (inglés, francés, alemán, español).

7. En el caso de que el Demandado no pague la cantidad adeuda más los intereses establecidos anteriormente en el plazo de 45 días, contados a partir de la notificación por el Demandante de los datos bancarios pertinentes a la Demandada, surgirá lo siguiente.

1- Se prohibirá al Demandado inscribir a nuevos jugadores, ya sea a nivel nacional o internacional, hasta que se pague el monto adeudado y por la duración máxima de tres períodos de inscripción completos y consecutivos. La prohibición mencionada anteriormente será cf. art 24bis del Reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores.

2- En el caso de que la cantidad adeudad según esta decisión aún no se pague al final de la prohibición de tres períodos de registro completos y consecutivos, el asunto se presentará, previa solicitud, a la Comisión Disciplinaria de la FIFA.

8. La decisión se toma sin costo alguno.

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